Cuando fallece el propietario de una vivienda, sus bienes pasan a formar parte de la herencia.
Hasta que esos trámites no finalizan, la vivienda continúa formando parte de la masa hereditaria.
El primer documento que necesitarás es el certificado de defunción.
Este certificado permite conocer si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario.
Es uno de los documentos más importantes para continuar el procedimiento sucesorio.
Si existe testamento, deberá solicitarse una copia autorizada en la notaría correspondiente.
En él aparecerán los herederos y la forma en la que el fallecido decidió repartir su patrimonio.
Una vez identificados los herederos, deberá elaborarse un inventario que incluya:
Es importante que el inventario sea lo más completo posible.
Antes de repartir la herencia es necesario conocer el valor del inmueble.
Una valoración profesional permite:
Los herederos deberán presentar el Impuesto sobre Sucesiones dentro del plazo legal establecido.
La cuantía dependerá de diferentes factores, entre ellos:
Cada herencia debe estudiarse de forma individual.
En ese momento quedará determinado qué bienes corresponden a cada heredero.
Tras la firma, es recomendable inscribir la adjudicación en el Registro de la Propiedad.
Una vez aceptada y adjudicada la herencia, la vivienda puede venderse.
Las situaciones que más frecuentemente retrasan una venta son:
Resolver estas cuestiones desde el principio agiliza todo el proceso.
Nuestro objetivo es que el proceso sea lo más sencillo posible para todos los herederos.
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